La okupación se puede convertir en un problema para las familias que tienen una vivienda en propiedad alquilada o vacía y se plantean qué puede suceder si alguien deja de pagar la mensualidad o si en su vivienda vacía entra alguien a okuparla. El conocido como desahucio exprés es un procedimiento por el cual podrás recuperar tu vivienda en mucho menos tiempo.
¿Qué es el desahucio exprés?
El procedimiento de desahucio lleva mucho tiempo regulado en la legislación española, pero en ocasiones resultaba en un procedimiento largo y costoso que se podía prolongar por años. Esto creaba una indefensión en los propietarios, en ocasiones personas físicas que dependían de la renta del inmueble okupado.
Aunque en el 2015 se modificó la ley para agilizar el trámite, el momento determinante fue en 2018, cuando se aprobó la Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas.
Esta ley se aplica solo en los casos de okupación. Es decir, cuando las personas han habitado la vivienda sin consentimiento del dueño. Esto significa que el desahucio exprés no se podrá aplicar en inquilinos que hayan dejado de pagar la renta mensual.
No obstante, antes de esta modificación de la ley en el 2018, el desahucio para los casos de okupación consistía en el mismo procedimiento que se aplicaba también a los desahucios con inquilinos. Con la nueva regulación, se modifica parte del artículo 250 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de la siguiente manera:
«Podrán pedir la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella, siempre que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento, la persona física que sea propietaria o poseedora legítima por otro título, las entidades sin ánimo de lucro con derecho a poseerla y las entidades públicas propietarias o poseedoras legítimas de vivienda social.»
Aunque se agiliza notablemente el procedimiento, no es inmediato, ya que se debe tener en cuenta la carga de trabajo del juzgado, pero en cualquier cosa aumenta el tiempo de respuesta ante la ocupación de tu vivienda.
¿Cuál es el procedimiento ?
Para iniciar el procedimiento de desahucio es necesario presentar una demanda, que tiene que ir firmada por abogado y procurador.
El plazo medio que hay que esperar en un desahucio exprés es entre 6 y 12 meses, por lo que a pesar de que se agiliza el tiempo, no es inmediato. También hay que considerar que se trata de un plazo medio, por lo que es posible que un procedimiento concreto tenga una duración superior en función del volumen de trabajo del Juzgado, de los eventuales recursos que el ocupante interponga dentro del procedimiento, etc.
Hay que tener en cuenta que no se debe actuar por cuenta propia y contra las personas que viven en el inmueble de forma irregular, ya que la agresión, sea física o verbal, las amenazas o el corte de suministros puede conllevar responsabilidades penales.
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