El régimen de visitas, cuando se produce una separación o divorcio, no es un derecho que adquiere el progenitor no custodio, sino que es un derecho-obligación que debe cumplir. Poco tiene que ver con los deseos de los progenitores de estar con el menor, más bien se busca cubrir todas las necesidades que pueda tener el menor, y que éste crezca manteniendo una relación afectiva con el progenitor no custodio.
¿Cuándo se aplica el régimen de visitas y por qué?
El régimen de visitas se aplica en el caso de separación o divorcio cuando hay un menor fruto de esa relación.
Cuando los progenitores se separan o se divorcian, es necesario que lleguen a un acuerdo sobre el régimen de visitas y que se incluya dentro del convenio regulador. De no llegar a un acuerdo, será el juez quién determine el régimen de visitas, teniendo en cuenta que el interés del menor prevalece sobre cualquier otra circunstancia.
La estabilidad emocional y afectiva del menor está detrás de la creación de un régimen de visitas que permita no perder el contacto con el progenitor no custodio. Siempre primará el interés del menor, por lo que el régimen de visitas podrá ser más o menos amplio dependiendo de diferentes circunstancias como la edad del menor, si ha tenido contacto con el progenitor no custodio o si éste tiene problemas de adicción a las sustancias tóxicas.
¿Qué ocurre si hay un incumplimiento del régimen de visitas?
Incumplir el régimen de visitas significa no cumplir con la obligación que tiene el progenitor no custodio frente a un derecho del menor.
Frente a un incumplimiento del régimen de visitas, el progenitor custodio deberá interponer una demanda de ejecución de sentencia, para que sea el juez quién se dirija al progenitor no custodio a fin que éste respete el régimen de visitas. Si a pesar de ello, el progenitor no custodio incumple de manera reiterada el régimen de visitas, el juez podría limitar o incluso suspender el régimen de visitas en un nuevo procedimiento judicial.
No pasaría lo mismo si el menor está cercano a la mayoría de edad y decide no cumplir con el régimen de visitas, en cuyo caso lo más frecuente es aceptar su decisión.