La pensión compensatoria es una prestación económica que recibe una de las partes, que ha sufrido un desequilibrio económico, tras una separación o divorcio. La otra parte es la obligada a hacer el pago de dicha pensión compensatoria.

Para conocer mejor qué es la pensión compensatoria es necesario recurrir al artículo 97 del Código Civil.

¿Qué es la pensión compensatoria y cuándo se tiene derecho a ésta?

Esta prestación económica puede ser temporal, indefinida, o bien ser abonada en un pago único, pero se debe cumplir el requisito principal de que la parte que lo solicita haya sufrido un desequilibrio económico en relación a la situación económica que tenía durante el matrimonio. Esta prestación la debe solicitar la parte interesada y nunca se fijará por el Juez si una de las partes no la solicita.

Aunque se haya producido un desequilibrio económico en la parte solicitante, no se concederá la pensión compensatoria en los casos en que la separación o divorcio cause desequilibrios económicos a las dos partes o que las mismas dispongan del suficiente patrimonio o ingresos para mantener el mismo nivel de vida.

Determinar si existe o no dicho desequilibrio no es sencillo y, según el artículo 97 del Código Civil, se tienen en cuenta hasta nueve factores, que también influyen en la cuantía de la pensión compensatoria.

Estos factores son los siguientes:

1.ª Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges.

2.ª La edad y el estado de salud.

3.ª La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.

4.ª La dedicación pasada y futura a la familia.

5.ª La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.

6.ª La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.

7.ª La pérdida eventual de un derecho de pensión.

8.ª El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.

9.ª Cualquier otra circunstancia relevante.

Aunque todas estas circunstancias son tenidas en cuenta, hay algunas que tienen un mayor peso que otras, como puede ser la dedicación a la familia, entendiendo que, por dicha dedicación, no le ha sido posible acceder a un puesto de trabajo remunerado.

¿Cómo se calcula la pensión compensatoria?

El cálculo de la pensión compensatoria es muy ambiguo, ya que dependerá de muchos de los factores vistos anteriormente y de si hay acuerdo entre las partes.

El importe de esta prestación económica lo pueden fijar las partes en el convenio regulador, o lo puede fijar un juez mediante sentencia.

La decisión del juez tendrá en cuenta otros factores cómo los ingresos de la parte demandada a pagar la prestación, y podrá fijar una cantidad porcentual de los ingresos de la misma o una cantidad fija.

¿Hasta cuándo se puede cobrar esta prestación económica?

Esta prestación puede ser cobrada de manera vitalicia, temporal o en un único pago. Aunque puede ser fijada de forma vitalicia, las partes pueden pactar una duración determinada o acordar que se haga un único pago que libere a la parte de pagar dicha pensión mes a mes.

En cualquier caso, la pensión compensatoria se extinguirá cuando:

  • Desaparezca la causa que la motivó.
  • La parte que la recibe contraiga un nuevo matrimonio.
  • La parte que la recibe viva como pareja con otra persona.

Si se da el fallecimiento de la persona pagadora de la prestación, el derecho al cobro de la pensión no desaparece, pero los herederos del causante pueden solicitar al juez que se lleve a cabo una reducción o anulación de la pensión, si la parte legítima de la herencia se viera afectada por dicha prestación.

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