El derecho a la desconexión digital fuera del ámbito laboral es uno de los derechos digitales que, debido a la continua evolución tecnológica, debes conocer.

Este derecho no es más que respetar el derecho que tienen los trabajadores a no conectarse a ningún dispositivo digital fuera de la jornada laboral.

Cuando firmas un contrato laboral queda establecida tu jornada de trabajo, por lo que a la misma vez se excluye que la empresa requiera de tu disponibilidad fuera de ésta si ello no está estipulado en el contrato.

Ese tiempo forma parte de tu vida privada y, por lo tanto, tienes el derecho a desconectar del ámbito laboral y la empresa tiene la obligación de respetarlo. La realidad es que no siempre es así, y no todas las empresas respetan el derecho a la desconexión digital fuera del ámbito laboral.

¿Desde cuándo existe el derecho a la desconexión digital fuera del ámbito laboral?

La legislación de este derecho digital en España es muy reciente, data de diciembre de 2018 y está regulada en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, concretamente en el artículo 88.

El artículo 88 de esta Ley Orgánica, estipula que «los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar», por lo que la empresa inmediatamente adquiere la obligación de respetar dicha desconexión digital.

Esta regulación se venía solicitando desde hace tiempo debido al aumento del uso de dispositivos digitales para trabajar, ya sean redes corporativas, smartphones de empresa o la sustitución de reuniones por videollamadas.

Tras el auge del teletrabajo debido a la pandemia causa por la COVID-19, se aprobó el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, con el objetivo de regular y proteger a los trabajadores que opten al trabajo a distancia. En el artículo 18 de dicho Real Decreto Ley queda especificado expresamente que «las personas que trabajan a distancia, particularmente en teletrabajo, tienen derecho a la desconexión digital fuera de su horario de trabajo en los términos establecidos en el artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre»

Por lo tanto, estamos delante de un derecho relativamente nuevo y en continua evolución.

¿Cuándo se vulnera el derecho a la desconexión digital y cuáles son las consecuencias?

Por lo tanto, el derecho a la desconexión digital en España puede ser vulnerado por parte de la empresa.

Obligarte a contestar el teléfono fuera de tu horario laboral, enviarte emails para que contestes con urgencia o planificar reuniones fuera del horario de trabajo son una de las causas en las que el derecho a la desconexión digital estaría siendo vulnerado. No obstante, es necesario que esto sea habitual y no una sola vez y de manera esporádica.

Por lo tanto, es necesario que la conducta por parte de la empresa sea de gravedad y recurrente.

En cuanto a las sanciones, éstas no quedan estipuladas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. No obstante, una vulneración de este derecho se podría considerar como una infracción grave de la normativa laboral, por lo que la sanción podría ir desde los 625 a los 6.250 euros.

Si necesitas de asesoramiento legal, no dudes en contactar con nosotros a través del siguiente formulario. Nos pondremos en contacto contigo para ayudarte.

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