Alquilar una vivienda en España supone ciertas obligaciones por parte del inquilino, como puede ser el pago de la cantidad estipulada en concepto de alquiler, entre otras. Si existen obligaciones, ¿qué derechos tiene un inquilino en España?
Además, vivir de alquiler también supone adquirir ciertos derechos que el propietario del inmueble debe respetar.
Estos son los derechos que tiene un inquilino en España
El propietario no puede entrar en la vivienda sin el consentimiento del inquilino
En el momento que se firma el contrato de alquiler de una vivienda, el propietario pierde el derecho a entrar en ésta cuando quiera.
Al comenzar el alquiler, la vivienda se convierte en el domicilio del inquilino. Tal como estipula el artículo 18.2 de la Constitución Española «el domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito».
Por lo que tan solo si el inquilino lo autoriza, podrá entrar el propietario a la vivienda.
Desistimiento del alquiler por obras de mejora del propietario
El propietario tiene derecho a llevar a cabo reformas dentro de la vivienda si estas obras son de mejora y no pueden esperar a que acabe el arrendamiento. Éste debe avisar con tres meses de antelación.
Uno de los derechos de los inquilinos en España es desistir del contrato de alquiler si no quiere soportar las obras que llevará a cabo el propietario. Desde la notificación por parte del propietario, el inquilino dispone de un mes para comunicar que desistirá del contrato de alquiler.
El alquiler se extinguirá en dos meses, durante los cuales el propietario no podrá comenzar ningún tipo de obra.
Duración mínima del contrato de arrendamiento
Aunque la Ley establece que la duración del alquiler se debe pactar libremente entre las partes, el inquilino sí tiene derecho residir en la vivienda un mínimo de cinco años (en caso de que el arrendador sea persona física) o siete años (en caso que el propietario sea persona jurídica), salvo que comunique al propietario su voluntad de no continuar con el arrendamiento.
La reforma de la Ley de Arrendamiento Urbanos llevada a cabo en 2019 permite dicha duración mínima.
Marcharse de la vivienda
A pesar de firmar un contrato de alquiler de mayor duración, el inquilino tiene derecho a marcharse de la vivienda durante los seis primeros meses. La comunicación se tendrá que realizar con un mes de antelación, como mínimo.
Salvo que esté estipulado en el contrato, no se aplicará ninguna penalización por dejar la vivienda antes de los seis primeros meses. De estar estipulado, la penalización no puede ser superior a un mes por año de contrato incumplido.
Obras en la vivienda alquilada
El inquilino puede hacer obras en la vivienda alquilada, siempre y cuando solicite el consentimiento del propietario.
Si las obras son consecuencia de que el inquilino, el cónyuge o las personas que residan de forma permanente en la vivienda tienen más de 70 años o presentan alguna discapacidad, tan solo hay que notificarlo, sin necesidad del consentimiento del propietario.
No obstante, estas obras no pueden afectar a elementos comunes del edificio. Además, el propietario tiene derecho a solicitar que, una vez terminado el contrato de alquiler, el inquilino corra con los gastos de las obras para que la vivienda vuelva a su estado original
Devolución de la fianza
Otro de los derechos de los inquilinos en España es la devolución de fianza.
El propietario tiene un mes de plazo para devolver la fianza, si la vivienda es devuelta sin desperfectos y sin deudas respecto a los suministros. La fianza puede ser de 1 mes en caso de alquiler de vivienda y de 2 meses en caso de alquiler de local de negocio.
Aquí es donde aparecen mayores conflictos, ya que hay propietarios que pueden decidir no devolver la fianza por deterioros ocasionados por el uso ordinario de la vivienda. Es importante tener en cuenta que estos deterioros por el uso normal de la vivienda nunca deben ser motivo de la no devolución de la fianza.
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