En ocasiones, como puede ser la crisis del coronavirus, las empresas pueden acordar con el empleado el teletrabajo. Otras veces, la misma naturaleza del puesto de trabajo permite trabajar desde casa.
En cualquier caso, el teletrabajo es una forma flexible de trabajar, en el que el trabajador no está presente físicamente en la empresa, o al menos no lo está en toda la jornada laboral. De esta manera, él mismo se puede organizar la jornada laboral, de tal manera que pueda maximizar su rendimiento.
Según un informe de Adecco, tan solo el 7,4 % de las personas en España teletrabajan. La crisis del coronavirus que empezó en marzo ha provocado un repunte del teletrabajo debido al cierre de negocios, empresas y oficinas, ya que por razones de salud o organizativas las empresas mandan a sus trabajadores a casa para realizar su jornada laboral.
¿Cómo está regulado el teletrabajo?
Aunque de manera instintiva se relacione el teletrabajo con las nuevas tecnologías, lo cierto es que éste se empezó a regular tiempo atrás. En el año 1990, la Directiva 90/270/CEE introdujo la posibilidad de que el trabajo pudiera ser monitorizado.
Para ver su total desarrollo, es necesario dirigirse al Estatuto de los Trabajadores y a su artículo 13, que hace referencia al teletrabajo.
Como detalles importantes de esta regulación del teletrabajo, se puede destacar lo siguiente:
- El teletrabajo se podrá realizar tanto en el domicilio del trabajador, como en un lugar elegido libremente por éste.
- Tiene que existir un acuerdo entre trabajador y empresa.
- Se mantienen los mismos derechos que para los trabajadores presenciales, salvo aquellos que sean inherentes al puesto de trabajo presencial.
La regulación del teletrabajo en España permite que se pueda seguir trabajando a distancia al mantener las mismas condiciones laborales, por lo que, en tiempos de crisis sanitarias, es posible que muchas empresas se mantengan en activo sin necesidad de exponer a sus empleados a riesgos sanitarios.