El año 2022 ha supuesto un nuevo cambio en la aportación máxima al plan de pensiones, reduciendo el límite en unos supuestos y aumentando en otros.

Con las reformas llevadas a cabo en los últimos años el atractivo fiscal de las aportaciones a los planes de pensiones se ha reducido.

¿Qué sucede con las aportaciones en los planes de pensiones en 2022?

En enero de 2021 veíamos como las aportaciones máximas a los planes de pensiones individuales pasaban de 8.000 a 2.000 euros, mientras que las aportaciones máximas de los planes de pensiones de empresas se mantenían en 8.000 euros, pudiendo aportar en su totalidad hasta 10.000 euros entre ambos planes de pensiones.

Las aportaciones a los planes de pensiones en 2022 se han reducido hasta 1.500 euros en los planes de pensiones individuales, mientras que se ha aumentado hasta 8.500 en los planes de empresa.

Esto a la práctica supone que la deducción en el IRPF se reduce en 500 euros en los planes de pensiones individuales, por lo que las rentas más altas se verán perjudicadas por esta reforma si aportaban más de 1.500 euros anuales en su plan de pensiones.

Aunque las aportaciones de los planes de empresa ha aumentado hasta 8.500 euros, esto no quiere decir que todo lo que te aporte la empresa al plan de pensiones te lo podrás deducir. En muchos casos, imputan la aportación al trabajador como retribución, por lo que aumenta el rendimiento y el resultado es neutro después de la deducción. Es decir, no hay beneficio fiscal.

¿Cuál es el límite máximo de deducción para los planes de pensiones en 2022?

Para los planes de pensiones en 2022 se mantienen los siguientes límites máximos de deducción para el IRPF:

  • 1.500 € anuales.
  • El 30% de los rendimientos netos del trabajo más el rendimiento neto de las actividades económicas.

Estos límites son excluyentes entre sí. No obstante, los límites se podrán ampliar en 8.500 euros más por las aportaciones en los planes de empresa.

En el caso de las aportaciones a favor del cónyuge, se mantiene la deducción de 1.000 euros anuales, si el cónyuge tiene un plan de pensiones e ingresos anuales inferiores a 8.000 euros.

Si el titular del plan de pensiones tiene una discapacidad igual o superior al 65 %, el límite máximo será de 24.500 euros, exactamente igual que en el año 2021.

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