Las consecuencias de calificar un concurso como culpable

El Juzgado Mercantil nº 10 de Barcelona ha calificado el concurso de Spanair como culpable, condenando a su expresidente y miembros del consejo de administración al pago solidario de 10,8 millones de euros. No sólo deben abonar la cantidad mencionada sino que el Juzgado ha acordado la inhabilitación de la mayoría de los consejeros para la gestión de patrimonios ajenos durante dos años. Considera acreditado que los miembros del consejo de administración agravaron la situación de insolvencia de la empresa. En consecuencias, el Juzgado Mercantil ha procedido a la calificación del concurso referido como culpable.

¿Cuando se califica un concurso como culpable?

Art. 164.1 Ley Concursal: «El concurso se calificará como culpable cuando en la generación o agravación del estado de insolvencia hubiera mediado dolo o culpa grave del deudor o, si los tuviere, de sus representantes legales y, en caso de persona jurídica, de sus administradores o liquidadores, de hecho y de derecho, apoderados generales, y de quienes hubieren tenido cualquiera de estas condiciones dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración del concurso.»

Asimismo, la Ley Concursal estipula una serie de supuestos tasados para considerar el concurso como culpable: en caso de incumplimiento de llevanza de la contabilidad por parte de la concursada, doble contabilidad o irregularidades relevantes; presentación de documentos falsos en el concurso; apertura de la liquidación de oficio a causa de incumplimientos del convenio por causa imputable a la concursada; alzamiento de bienes; salida fraudulenta de bienes y derechos del patrimonio de la concursada durante los dos años anteriores a la declaración de concurso; o simulación de situación patrimonial ficticia. También, establece presunciones, salvo prueba en contrario.

Si se califica un concurso como culpable, además de que la sentencia deberá expresar las causas que fundamentan dicha calificación y las personas afectadas por la calificación, tiene las siguientes consecuencias:

  • Inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para administrar bienes ajenos durante un período entre 2 años y 15 años.
  • Inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para representar a cualquier persona durante un período entre 2 años y 15 años, salvo que la sentencia de calificación autorice a la persona inhabilitada a continuar en la empresa (incluso siendo administrador de ésta).
  • Pérdida de los derechos que tuvieran las personas afectadas por la calificación o las declaradas cómplices como acreedores de la concursada.
  •  Condena a devolver bienes o derechos obtenidos indebidamente del patrimonio de la concursada o recibidos de la masa activa.
  • Condena al pago de una indemnización de daños y perjuicios.

Por tanto, un concurso puede acabar siendo calificado como fortuito o culpable  mediante sentencia. El concurso fortuito no tiene más consecuencias que el cumplimiento del convenio o la liquidación de la sociedad. Sin embargo, el concurso calificado como culpable implica consecuencias para aquellas personas afectadas por la calificación, tal y como ha sucedido en el concurso de Spanair.

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