Aunque se cree que las únicas formas de poder residir en una vivienda son siendo su propietario o inquilino, lo cierto es que hay dos derechos que permiten vivir en un domicilio sin ser propietario ni inquilino. Estos son el usufructo y el derecho de habitación: dos conceptos legales con diferencias que deberías conocer.
En este artículo, vamos a repasar las diferencias entre usufructo y derecho de habitación, para así resolver tus dudas al respecto.
¿Qué es el usufructo?
El usufructo es un derecho real que permite usar y disfrutar un bien ajeno. Se puede establecer tanto en inmuebles como en otros bienes, aunque lo habitual es ser usufructuario de una vivienda.
Tener el ususfructo de una vivienda permite vivir en ella, alquilarla e incluso vender el derecho de usufructo a una tercera persona. No puede vender la vivienda ya que no tiene la propiedad, que corresponde al nudo propietario.
Este derecho está regulado en el artículo 674 del Código Civil en adelante.
¿Qué es el derecho de habitación?
El derecho de habitación es un derecho real que permite al titular utilizar las habitaciones de la vivienda que sean necesarias para satisfacer sus necesidades y las de su familia.
Es decir, que en una vivienda ajena se permite que el titular del derecho de habitación viva junto con su familia, pero no es el propietario y las habitaciones que ocupen deben estar justificadas para cubrir sus necesidades .
Se encuentra regulado en el artículo 524 del Código Civil y debido a su similitud con el usufructo, se debe aplicar la legislación del usufructo respecto a lo que no se regule expresamente para el derecho de habitación.
Ahora bien, ¿cuáles son las diferencias entre usufructo y derecho de habitación?
A priori, es posible que no encuentres grandes diferencias entre el usufructo y el derecho de habitación, pero lo cierto es que hay algunas que son relevantes.
- El usufructuario puede alquilar la vivienda y vender su derecho, mientras que el titular del derecho de habitación no puede hacerlo, tan solo puede residir en ella.
- Del derecho de habitación tan solo pueden ser titulares las personas físicas, mientras que, en el usufructo, pueden ser tanto personas físicas como jurídicas.
- Mientras que el usufructo puede recaer sobre un bien mueble o inmueble, en el caso de la habitación solo puede establecerse sobre bienes inmuebles.
Como ves, hay diferencias importantes entre el usufructo y el derecho de habitación, siendo éste último un derecho real más limitado que el primero, debido a que no se puede vender (el derecho) ni tampoco alquilar la vivienda, ya que solo se pueden disponer de las habitación necesarias.
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